Comisión de Auditoría y Control

Es un órgano interno de carácter informativo y consultivo creado por el Consejo de Administración, sin funciones ejecutivas, con facultades de información, asesoramiento y propuesta dentro de su ámbito de actuación.

100%

Consejeros independientes

Composición

Conforme a lo previsto en el Reglamento del Consejo de Administración, la Comisión de Auditoría y Control estará compuesta exclusivamente por consejeros externos independientes, con un mínimo de tres. Son designados por el Consejo de Administración teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o gestión de riesgos, por un período de cuatro años. Sin perjuicio de una o más reelecciones, cesarán al expirar el plazo, cuando lo hagan en su condición de consejero o de independiente o cuando así lo acuerde el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos.

Competencias

La Comisión apoya al Consejo de Administración en sus cometidos de vigilancia, mediante la revisión periódica del proceso de elaboración de la información económico-financiera y no financiera, de la eficacia de sus controles internos y de la independencia del Auditor, así como de la revisión del cumplimiento de todas las disposiciones legales y normas internas aplicables a la sociedad. Asimismo, la Comisión es competente para formular las propuestas sobre la designación, reelección, cese y términos de la contratación de los Auditores Externos, y supervisa y revisa los sistemas de información y control interno, velando por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna.

 

Además, analiza los estados financieros de la sociedad y de su Grupo consolidado, así como el resto de información financiera y no financiera que la sociedad deba hacer pública; revisa los cambios relevantes referentes a los principios contables utilizados y vela para que el Consejo de Administración presente las cuentas a la Junta General sin limitaciones ni salvedades en el informe de auditoría.