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¿Qué opciones tienen los accionistas bajo este sistema?
El accionista podrá, a su libre elección:
- No vender los derechos y recibir gratuitamente las acciones que le correspondan, conforme a la ecuación que se determine en el momento de la ejecución del aumento de capital.
- Vender parte o la totalidad de los derechos en Bolsa. En este caso, el accionista recibiría el importe en efectivo según la cotización de los derechos de asignación gratuita en el mercado.
- Vender parte o la totalidad de los derechos de asignación gratuita a REPSOL en virtud del compromiso de compra asumido por la Sociedad. En este caso, el accionista recibiría el importe en efectivo, según el precio fijo garantizado. Esta opción se concede únicamente a los accionistas que lo sean en el Record Date, esto es, en la fecha efectiva de liquidación de las operaciones realizadas en el “last trading date”, y únicamente por los derechos de asignación que reciban gratuitamente. En consecuencia, no es posible solicitar esta opción respecto de los derechos de asignación gratuita adquiridos en Bolsa.
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¿Cuántos derechos recibirían los accionistas por cada acción de REPSOL de la que sean titulares?
- Un derecho por cada acción.
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¿Qué opción interesa más a los accionistas, recibir efectivo o acciones?
Se trata de una decisión que debe tomar el accionista en atención a sus particulares circunstancias personales, financieras y patrimoniales.
En líneas muy generales, el accionista deberá considerar si prefiere recibir gratuitamente nuevas acciones de REPSOL o si tiene necesidades de liquidez y prefiere efectivo.
En cualquier caso, como la situación concreta de cada accionista depende de sus circunstancias personales, financieras y patrimoniales, así como del régimen fiscal que le resulte aplicable, los accionistas deberán consultar su decisión con sus asesores, si lo consideran oportuno.
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¿Pueden los accionistas optar por recibir su retribución, parte en acciones gratuitas y parte en efectivo?
- Sí. Para ello, el accionista tendrá que vender una parte de sus derechos de asignación gratuita a REPSOL o en Bolsa y mantener la otra parte.
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¿Qué pasa si el accionista no comunica ninguna opción?
Si sus acciones de REPSOL cotizan en las Bolsas españolas, el accionista recibirá las acciones de REPSOL que le correspondan conforme a la ecuación que se determine en el momento de la ejecución del aumento de capital. En cuanto a los derechos sobrantes, esto es, los derechos que no alcancen el número mínimo para adquirir una acción nueva conforme a la citada ecuación y, sujeto a los términos de la relación que el accionista mantenga con la entidad en la cual tenga depositadas sus acciones, lo habitual es que se vendan en Bolsa, percibiendo el efectivo resultante.
Por el contrario, para los titulares de American Depositary Shares (“ADSs”) o American Depositary Receipts (“ADRs”), la opción por defecto es recibir efectivo (salvo que en operaciones anteriores hayan informado de su decisión de recibir nuevos títulos), mediante la transmisión de los derechos de asignación gratuita a REPSOL al precio fijo garantizado por la misma.
En ambos casos la opción por defecto estará sujeta a los términos de la relación que el accionista mantenga con la entidad en la cual tenga depositadas sus valores.
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¿Qué plazo tienen los accionistas para comunicar la opción que elijan?
Si el accionista decide vender sus derechos en Bolsa, deberá contactar con la entidad donde tenga depositadas sus acciones y seguir sus instrucciones para que ésta pueda poner los derechos a la venta durante el periodo de negociación que se fije al efecto, que, como mínimo, será de 15 días naturales desde la publicación del anuncio del aumento de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Si el accionista decide vender sus derechos a REPSOL al precio garantizado, deberá contactar también con su entidad depositaria y seguir sus instrucciones para que ésta pueda tramitar la venta de sus derechos a REPSOL. El plazo para ejercitar esta opción expira unos días antes de la finalización del período de negociación de los derechos en Bolsa.
Está previsto que en la ejecución de esta primera ampliación de capital liberada aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas 2019, el periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita comience el 15 de junio de 2019 y venza el 4 de julio de 2019. El plazo para ejercitar la opción de vender los derechos a REPSOL estaría vigente entre el 15 de junio y el 4 de julio de 2019.
La fecha a partir de la cual las acciones de Repsol cotizarán “ex-cupón”, será el primer día hábil bursátil siguiente al “last trading date” (último día de negociación de las acciones de REPSOL con derecho a participar en el Programa “Repsol Dividendo Flexible”), esto es el día 17 de junio de 2019.
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Si el accionista quiere recibir su retribución en efectivo como el dividendo, ¿qué debe hacer?
El accionista deberá ponerse en contacto con la entidad financiera en la que tenga depositadas las acciones, a los efectos de instruirla para que venda sus derechos de asignación gratuita a REPSOL o en Bolsa, en función de la alternativa que elija y considerando, en todo caso, los plazos establecidos para cada alternativa.
El accionista debe tener en cuenta, asimismo, la opción que se aplicará en el caso de que no comunique ninguna instrucción a la entidad financiera en la que tenga depositados sus títulos (ver pregunta 10. ¿Qué pasa si el accionista no comunica ninguna opción?).
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En el supuesto de que el accionista opte por recibir efectivo, ¿qué será mejor, vender los derechos a REPSOL o venderlos en Bolsa?
La venta de los derechos a REPSOL se realiza a un precio garantizado mientras que la venta de los derechos en Bolsa se realizará al precio que coticen dichos derechos por lo que, en este segundo caso, el accionista podrá recibir un importe superior, igual o inferior al precio garantizado.
En uno u otro supuesto, la entidad financiera en la que el accionista tenga depositadas sus acciones podrá establecer, de acuerdo con la legislación vigente, las comisiones y gastos repercutibles en concepto de tramitación de órdenes de compra y venta de derechos de asignación gratuita que libremente determine.
En cualquier caso, como la situación concreta de cada accionista depende de sus circunstancias personales, financieras y patrimoniales, así como del régimen fiscal que le resulte aplicable, los accionistas deberán consultar su decisión con sus asesores, si lo consideran oportuno.
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Si el accionista opta por vender sus derechos en la Bolsa Española, ¿cuándo recibirá el dinero?
- En el segundo día hábil bursátil después de la venta, como cualquier operación realizada en dicho Mercado.
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Si el accionista opta por vender sus derechos a REPSOL, ¿cuándo recibirá el dinero?
En las mismas fechas en que tradicionalmente recibía el abono del dividendo tradicional en efectivo y, como regla general, el segundo día hábil bursátil después de la finalización del plazo de negociación de derechos en Bolsa.
Se prevé que, en la ejecución de esta primera ampliación de capital liberada aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas 2019, el pago en efectivo a los accionistas que opten por vender sus derechos de asignación gratuita a Repsol se realice el próximo 8 de julio de 2019.
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¿Cobrará menos el accionista si opta por recibir efectivo?
No. REPSOL se compromete a comprar los derechos de asignación gratuita a un precio fijo calculado con carácter previo a la apertura del período de negociación de los derechos. El precio bruto que un accionista recibirá en el caso de vender sus derechos a REPSOL será igual (sujeto a redondeos) al valor de las acciones nuevas que recibiría si no vendiera sus derechos.
En el caso de que el accionista decida vender sus derechos en Bolsa, el importe que reciba por dicha venta dependerá del precio de cotización de los derechos en el mercado.
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Si el accionista opta por recibir acciones, ¿ha de pagar por ellas?
No. El aumento de capital se efectuará libre de gastos y comisiones en cuanto a la asignación de las nuevas acciones emitidas. REPSOL asumirá los gastos de emisión, suscripción, puesta en circulación, admisión a cotización y demás relacionados con el aumento de capital.
No obstante, la entidad donde el accionista tenga depositadas sus acciones podrá establecer, de acuerdo con la legislación vigente, las comisiones y gastos repercutibles en concepto de suscripción de las nuevas acciones y de administración, derivados del mantenimiento de los valores en los registros contables, que libremente determine.
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¿Cuántos derechos harán falta para recibir una acción nueva?
Con ocasión de la ejecución del aumento del capital social, REPSOL elaborará un Documento Informativo que contendrá los detalles de la operación y su calendario.
El número final de derechos de asignación gratuita que serán necesarios para la adjudicación de una acción nueva (ecuación de canje) dependerá fundamentalmente de la cotización de la acción de REPSOL entre los días 4, 5, 6, 7 y 10 de junio de 2019 y del número de acciones de REPSOL en circulación en el momento de ejecución del acuerdo de aumento de capital (actualmente, 1.558.877.582 acciones).
Con anterioridad al inicio del periodo durante el cual el accionista podrá tomar su decisión respecto de este sistema de retribución, REPSOL hará públicos tanto el número de derechos necesarios para la adquisición de una acción nueva, como el importe efectivo garantizado por REPSOL por cada derecho de asignación gratuita. Se prevé que, en la ejecución de esta primera ampliación de capital liberada aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas 2019, dicha información se hará pública el próximo 11 de junio de 2019, mediante la publicación del Documento Informativo que contendrá los detalles de la operación.
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¿Qué ocurre si el accionista tiene acciones de REPSOL depositadas en más de una entidad?
La ecuación de canje y el número de acciones nuevas que resultan de su aplicación se aplica a nivel de cada cuenta de valores en cada entidad depositaria, por lo que si posee acciones de REPSOL depositadas en distintas entidades puede recibir un menor número de acciones nuevas de las que recibiría en el caso de que todas las acciones de las que sea titular estuvieran depositadas en una única entidad.
Si, por ejemplo, la ecuación de canje es de 1 acción nueva por cada 20 derechos y un accionista posee 60 acciones depositadas en una única entidad, recibirá 3 acciones nuevas. Si el accionista tiene las 60 acciones depositadas en dos entidades distintas, 39 en el banco A y 21 en el banco B, recibirá sólo 2 acciones nuevas, una de cada banco, y le sobrarán 20 derechos (19+1) que, salvo instrucciones distintas del accionista, se venderán en Bolsa.
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¿Qué sucede con los derechos que no sean suficientes para recibir una acción?
- Sujeto a los términos de la relación que el accionista mantenga con la entidad en la cual tenga depositadas sus acciones, lo habitual, salvo instrucciones distintas del accionista, es que se vendan en Bolsa, percibiendo el efectivo resultante.
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Si se quieren más acciones de las que corresponden a los derechos de asignación gratuita, ¿se pueden adquirir más derechos de asignación gratuita?
- Sí. Ésta es una decisión de inversión independiente del sistema “REPSOL Dividendo Flexible”.
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Si el accionista opta por recibir acciones, ¿en qué fecha las recibirá?
Las nuevas acciones se asignarán unos días más tarde de la fecha en que se paga el efectivo a los accionistas que decidieron vender sus derechos a REPSOL.
Esta diferencia entre la fecha de abono en efectivo del precio de compra de los derechos y la fecha de entrega de las nuevas acciones se debe, principalmente, a los trámites necesarios para la admisión a cotización de las nuevas acciones y su inclusión en los registros contables correspondientes.
Sujeto a la obtención de las correspondientes autorizaciones se estima que, en la ejecución de esta primera ampliación de capital liberada, aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas 2019, el inicio de la contratación ordinaria de las nuevas acciones en las bolsas españolas tendrá lugar el 22 de julio de 2019.
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¿Cuánto aumentará REPSOL el capital social con este sistema?
- Dependerá de los accionistas que opten por recibir acciones y del precio de cotización de la acción que se tome como referencia para calcular el número de derechos necesarios para recibir una acción nueva a emitir.
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¿Qué efectos tiene en la cotización de la acción de Repsol la asignación de derechos de asignación gratuita?
- El primer día de cotización de los derechos de asignación gratuita, las acciones de Repsol comenzarán a cotizar descontando el valor teórico del derecho de asignación gratuita. Por tanto, la fecha a partir de la cual las acciones de Repsol cotizarán “ex-cupón”, será el día 17 de junio de 2019.
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¿Afectará la emisión de nuevas acciones a la cotización?
- No esperamos un impacto significativo.
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Soy nudo propietario de acciones de REPSOL objeto de usufructo. ¿Cómo opera este sistema en mi caso?
Corresponde al nudo propietario la decisión de qué hacer con los derechos de asignación gratuita correspondientes a las acciones usufructuadas. Si opta por recibir nuevas acciones o vender los derechos en Bolsa, el usufructo se extenderá sobre las nuevas acciones o sobre el producto de la venta. Si opta por vender los derechos a REPSOL, el efectivo que corresponda será considerado un fruto civil de las acciones, correspondiendo al usufructuario.
No obstante, como su situación concreta depende de sus circunstancias personales, financieras y patrimoniales, así como del régimen fiscal que le resulte aplicable, usted deberá consultar su decisión con sus asesores si lo considera oportuno.
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Soy usufructuario de acciones Repsol ¿Cómo opera el Dividendo Flexible en mi caso?
Corresponde al nudo propietario la decisión de qué hacer con los derechos de asignación gratuita correspondientes a las acciones usufructuadas. Si el nudo propietario opta por vender los derechos a REPSOL, usted recibirá, como usufructuario, el efectivo que corresponda, y será considerado un fruto civil de las acciones. Si el nudo propietario opta por recibir nuevas acciones o vender los derechos en el mercado, el usufructo se extenderá sobre las nuevas acciones o sobre el producto de la venta.
No obstante, como su situación concreta depende de sus circunstancias personales, financieras y patrimoniales, así como del régimen fiscal que le resulte aplicable, usted deberá consultar su decisión con sus asesores si lo considera oportuno.
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¿Qué ocurre con las acciones que estén en copropiedad?
En este caso, los copropietarios deberán designar una sola persona para el ejercicio de los derechos de socio y, en este caso, para decidir qué hacer con los derechos de asignación gratuita correspondientes a las acciones en copropiedad.
Sujeto a los términos de la relación que el accionista mantenga con la entidad en la cual tenga depositadas sus valores.