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Manipular el tacógrafo supondrá perder seis puntos del carnet de conducir

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Según se recoge en la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que tiene previsto entrar en vigor el próximo mes de mayo, la manipulación o alteración del tacógrafo o el limitador de velocidad, conllevará la perdida de seis puntos del carnet de conducir. Así como la colocación de elementos que alteren el normal funcionamiento de estos dos elementos citados.

El nuevo texto de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entrará en vigor en mayo también incluye otras infracciones. Además de penalizar la manipulación de los tacógrafos, la nueva ley incluye también como infracción, conducir vehículos que lleven instalados inhibidores de radares de vigilancia. En cuanto a los excesos de velocidad, provocarán pérdida de puntos, a partir de un determinado exceso de velocidad.

Como se ha dicho la participación o colaboración de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de sistemas que no permitan el funcionamiento normal del tacógrafo serán sancionadas con 6 puntos menos en el carnet de conducir.

En el caso de que el conductor pague la sanción en un plazo máximo de 15 días, desde que se le notifica la denuncia, tendrá derecho a una reducción de la cuantía del 50 por ciento. En el caso de que el conductor tenga cuatro sanciones graves o muy graves impagadas, no podrá llevar a cabo ningún trámite relativo a sus vehículos, excepto la baja de los mismos.

13/01/2010

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