De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 539.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedad de Capital, Repsol habilitará, con motivo de la celebración de cada Junta General de Accionistas, el Foro Electrónico de Accionistas con la finalidad de facilitar la comunicación entre los accionistas de la Compañía (individuales, tanto personas físicas como jurídicas, y las asociaciones voluntarias que puedan constituirse).
El Reglamento del Foro Electrónico de Accionistas de Repsol y las correspondientes Condiciones de Acceso, Registro, Uso y Funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas del Grupo Repsol regulan la habilitación del Foro, su puesta a disposición de los accionistas de Repsol y de las asociaciones voluntarias que puedan constituirse conforme a la normativa vigente así como las garantías, términos y condiciones de acceso y utilización del mismo.

Última actualización: 19 de abril de 2011
Oficina de Información al Accionista 900 100 100
Paseo de la Castellana 278-280
28046 Madrid España
infoaccionistas@repsol.com