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La Ley Hipotecaria

La Ley Hipotecaria establece los textos y normativas correspondientes al Registro de la Propiedad, en materia de bienes inmuebles, y regula las actuaciones del mercado hipotecario español. La Ley Hipotecaria de 8 de febrero de 1946 ha sido modificada en varios artículos por la Ley 41/2007.

Gracias a la Ley Hipotecaria (pdf) puedes saber qué obligaciones, plazos e impuestos te exige el Gobierno con respecto a la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad. También puedes informarte de las reglas vigentes en materia de hipotecas (modificaciones, cancelaciones, comisiones), tasadoras y otras cuestiones relacionadas con los préstamos hipotecarios.  

Actualmente, rige la Ley Hipotecaria de 8 de febrero de 1946, con las modificaciones establecidas por las enmiendas posteriores en los años 1998, 2000, 2001, 2002, 2003 y 2007. La última reforma, que entró en vigor el 10 de diciembre de 2007, es la de mayor trascendencia para el mercado hipotecario español, ya que se consiguen rebajar los gastos del consumidor en la notaría y en el Registro de la Propiedad en actuaciones concretas, se vigilan de cerca las acciones de las sociedades de tasación, y se promueven nuevos productos para colectivos específicos, como la tercera edad, muy necesitada de propuestas adaptadas a su situación.   

Puedes encontrar esta ley en el Ministerio de Economía y Hacienda, en el Registro de la Propiedad y en la Asociación Hipotecaria Española, AHE. Te aconsejamos el último organismo, pues su página web incorpora el acceso más sencillo a los textos, así como las actualizaciones de la reforma de la Ley Hipotecaria de diciembre de 2007. Además, la asociación cuenta con documentos propios que aclaran algunos aspectos del texto oficial.  

Reforma de la Ley Hipotecaria 

Entre las novedades más importantes que introduce la reforma de la Ley Hipotecaria destacan las siguientes: 

- Abaratamiento de los gastos notariales y registrales, prácticamente a la mitad de las cantidades actuales, en las cancelaciones, modificaciones y subrogaciones de los préstamos hipotecarios. 

- La nueva Ley Hipotecaria establece una comisión máxima por cancelación o subrogación de la hipoteca del 0,5% del capital pendiente en préstamos a interés variable y del 0,25% si el préstamo tiene más de cinco años.

- Regulación de un nuevo producto, la hipoteca inversa, dirigido a mayores de 65 años y dependientes, por el cual aquellos que tengan una vivienda, pueden solicitar un crédito hipotecario y convertir el valor de la misma en una renta mensual. Al titular del crédito nunca pueden quitarle su vivienda, y tras su muerte, los herederos deberán encargarse de la amortización del préstamo hipotecario. Además, la enmienda que regula esta actividad incluye la oferta de ayudas fiscales a los titulares de estos créditos que destinen parte de la renta obtenida a un plan de inversiones. Las deducciones son similares a las que estipula el impuesto sobre la renta en el caso de un plan de pensiones, es decir, que podrán alcanzar una deducción de hasta 10.000 euros anuales de la base imponible del impuesto sobre la renta. Actualmente, no son muchas las entidades bancarias que conceden este crédito de hipoteca inversa, pero se espera que progresivamente un número mayor de establecimientos financieros ofrezcan este producto.  

- Orden de trasparencia e independencia para las sociedades de tasación que valoran los precios de los inmuebles. La nueva normativa introduce una serie de infracciones, desde leves hasta muy graves. Se establece una multa de hasta 300.000 euros en los casos de fraude en la valoración de la vivienda que posteriormente vaya a emplearse como aval para la concesión de préstamos hipotecarios.  

La nueva Ley Hipotecaria sólo afectará a las hipotecas que se hayan contratado a partir de su entrada en vigor, el 10/12/2007. 



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