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¿Cómo tramitar una herencia?

Tramitar una herencia implica hacer una serie de gestiones para que los herederos sean reconocidos como titulares de los bienes del fallecido. Las cosas son más complicadas si no hay testamento, pero los primeros pasos son siempre los mismos.

Heredar bienes inmuebles es más complicado que heredar dinero, pues éste se puede repartir entre los herederos, una vez realizadas las gestiones pertinentes, mientras que la partición de una vivienda no resulta tan fácil, y a falta de acuerdo entre los herederos, los costes por el trámite de la herencia pueden verse incrementados considerablemente. 

Si no hay testamento, la vivienda sería para los hijos y el viudo/a sólo tendría derecho al usufructo de un tercio de la misma. Podría vivir en ella, pero no podría venderla sin la aprobación del resto de los propietarios. En este caso, suponiendo que el matrimonio tuviera régimen de gananciales (lo más habitual), la mitad del inmueble pertenecería al cónyuge, por lo que el reparto entre los herederos se realizaría sobre el 50% restante. Esta cantidad se dividiría como sigue: el viudo/a recibiría la parte correspondiente en concepto de usufructo, que se calcula a partir de su edad; y los hijos heredarían partes iguales de la cuantía sobrante. 

En el caso de que haya testamento, lo más frecuente es favorecer al cónyuge, dejándole el usufructo universal de todos los bienes. De esta forma los hijos se convierten en herederos por partes iguales de la herencia al completo, pero no podrían disfrutar de la misma hasta el fallecimiento del viudo/a. Hay fórmulas, no obstante, para mejorar a los hijos en vida, y aunque deben cumplirse las preferencias del fallecido, en las familias bien avenidas, se intenta beneficiar a todos sin perjudicar a nadie. 

Es recomendable ser previsor en vida y hacer testamento. Con este documento, el fallecido puede establecer con claridad la distribución de sus bienes, ateniéndose a la legislación actual, además de evitar gestiones y gastos innecesarios a los herederos para tramitar la herencia. Hacer testamento ante notario cuesta aproximadamente 60 euros. 

Tramitar una herencia 

Si estás en esta situación, debes contratar a un abogado que te ayudará a realizar todas las gestiones, y podrá solicitar en los organismos pertinentes los documentos necesarios para tramitar la herencia. El punto de partida es saber quiénes son los herederos, y para ello hay que presentar al notario los siguientes documentos: el certificado de defunción (que se consigue en el Registro Civil de la localidad donde se produjo la muerte), y el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad para saber si el fallecido ha hecho testamento. 

Para obtener este certificado, hay que enviar al  Ministerio de Justicia el certificado de defunción y un impreso de solicitud de esta consulta (que se comercializa en los estancos).  
Lógicamente, si sabes que el fallecido ha hecho testamento, estos pasos previos forman parte de la burocracia propia del trámite de una herencia, pero no te ofrecerán nuevos datos sobre el asunto. En caso contrario, te descubrirán un aspecto importante, ya que las gestiones posteriores pueden facilitarse o complicarse en virtud de la existencia o ausencia de testamento. 

Es muy aconsejable que contrates a un abogado, que te vaya explicando con claridad todos los pasos que se van dando y que vaya afrontando las dificultades que puedan presentarse. El abogado deberá convocar las reuniones necesarias para la resolución de los trámites y a ella deberéis asistir todos los herederos, o los representantes autorizados por los mismos. También, deberá informaros acerca de los costes aproximados del Impuesto de Sucesiones, que depende de la cuantía de la herencia, del parentesco de los herederos con el fallecido, y de la comunidad autónoma en la que te encuentres.  

 

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